8.29.2011

El sindicalismo desde la óptica social, incluyente y de beneficio colectivo


Cuando se ahonda en la problemática de los conflictos de la explotación, de la discriminación, de la dominación, del asedio y la opresión en el entorno y terreno laboral encontramos casi de forma imperativa una especie de control directo ejercido por algunos patronos, a tal punto que estos se ven inmersos por su afán de generar de forma brutal, cruel y abrupta, el incremento de su capital, por lo que muchas veces el trabajador se ve obligado a disminuir su rendimiento laboral, y simultáneamente en la gran mayoría de las veces a estos trabajadores les toca mermar su libertad a causa del miedo sembrado y la amenaza latente de perder su empleo; esta serie de atropellos denotan unos vacíos que ponen en tela de juicio el rol estatal, ya que estas prácticas afectan potencialmente las condiciones y por encima de todo la dignidad del obrero, delatando de esta manera, un notorio punto de degradación y de alteración casi inhumano, de ahí el origen del conflicto obrero patronal. Cabe recordar que el conjunto de valores sociales universales, tales como la justicia distributiva, el respeto a los estatutos y las normas y la protección a la diversidad integral son objeto continuo de violación de los derechos humanos y laborales, en cuanto a los principios de la libertad y la igualdad quedan rezagados en el repertorio abstracto de las prácticas y las leyes.
Ciertamente el meollo del asunto no termina allí, los problemas del presente siglo abarcan los interrogantes del futuro del país, a saber, el desempleo, la pobreza, la subocupación, la crisis
de la seguridad social, la marginalidad, la privatización, liquidación, fusión y reestructuración de las empresas estatales, los despidos masivos, el comportamiento económico, el salario que está por debajo del costo de vida y la reducción de los contratos indefinidos encabezan la lista que sin lugar a dudas se han convertido en la trivial lucha y la constante preocupación del trabajador y de la comunidad en general, que embargan de incertidumbres y de turbulencias la suerte de la clase obrera, lo que aumenta progresivamente las tensiones y la inestabilidad social lo cual obliga de manera tácita a transitar por el sendero del rechazo, la oposición, la irritabilidad y el inconformismo generalizado.
De otro lado, aunado a lo anterior, encontramos la postura de algunos líderes entreguistas y esquiroles quienes actúan en complicidad al amangualarse con los patronos, inclinados por abarcar unos comodines, unos intereses mezquinos y unos fines ocultos, riñen y están en contradicción con los proyectos de la base, conspirando unos contra otros, traicionando los ideales y las políticas sindicales, por este marcado individualismo organizacional, y vistas así las cosas, estos dirigentes demuestran signos de flaqueza por la arbitrariedad que cometen por sus malas actitudes, lo que suma a su vez unos frecuentes altibajos que repercuten directamente en las condiciones de los demás trabajadores creando brechas que tienden a disgregar y a resquebrajar las firmes relaciones de sus miembros. Además, acrecientan
indefectiblemente unas reacciones en el marco institucional de las relaciones laborales, cuestionándose a carta abierta la capacidad definitoria de los gremios; y es así, que estos líderes por medio de sus actitudes menoscaban el auténtico liderazgo, el verdadero compromiso, la esencia ideológica, la convicción y el sentido de pertenencia tirando por la borda los valores morales, los principios gremiales, y por supuesto, la ética.
Esta tendencia burócrata es considerada como un factor de descomposición del sindicalismo lo que a su vez, es tomada como un claro ejemplo del capitalismo y del modelo económico
Neoliberal, otorgando así beneficio para unos pocos y exclusión para otros tantos. Todos estos acontecimientos han desmejorado gradualmente las condiciones y las necesidades junto con las aspiraciones de algunos obreros, ya que todas estas series de desigualdades y de injusticias ponen trabas o talanqueras y que además, paradójicamente, estancan las prácticas, el pleno desarrollo y ejercicios de los movimientos sindicales. Así mismo, la carencia de lealtad y la pérdida de convocatoria de algunos dirigentes agudizan la crisis de las organizaciones sindicales en Colombia.

8.22.2011

Colombia sedienta de una democracia incluyente, justa y participativa

Un grupo de colombianas y colombianos, provenientes de grupos políticos, movimientos sociales y organizaciones no-gubernamentales de diversos orígenes y creencias, se han reunido para conformar una confluencia por la democracia y contra la guerra, sobre la base de dos ideas centrales: la defensa del Estado social y democrático de derecho y el rechazo contundente a la guerra en todas sus formas y manifestaciones.
Por un lado, los grupos insurgentes en su pretensión de llevar la guerra a las ciudades y de atacar la democracia local, están incurriendo en acciones abiertamente terroristas que constituyen crímenes de lesa humanidad, alejan las posibilidades de la solución negociada al conflicto armado y crean un clima de miedo e intimidación generalizado, propicio a la “mano dura” y al autoritarismo.
Prácticas sistemáticas como el secuestro, la siembra de minas antipersonales y el uso de cilindros y carros-bomba desconocen las más mínimas normas humanitarias y contribuyen a su aislamiento político.
Por su parte, el gobierno pretende desmontar los avances constitucionales de 1991 referentes a los derechos fundamentales, la división de los poderes, la independencia de la justicia y el control constitucional; para lo cual ha presentado varias propuestas legislativas que se traducen en una grave amenaza contra los principios democráticos que rigen nuestro Estado Social de Derecho.
La Confluencia reconoce y acompaña todo esfuerzo e iniciativa encaminada a solucionar el
conflicto armado por la vía del diálogo y la negociación, sin detrimento del monopolio y uso legítimo de la fuerza por parte del Estado. En tal sentido, se eleva un vehemente llamado a la atención del país y del gobierno nacional para que el proceso de diálogo y negociación con los grupos armados se dirija hacia el desmonte efectivo de la guerra y sus redes de apoyo, como también al esclarecimiento de la verdad sobre las atrocidades cometidas, el grado de corresponsabilidad estatal y a la reparación y justicia para con las víctimas; de esta manera se estaría contribuyendo a la paz duradera. Hasta ahora, este proceso no tiene tal orientación, ni participación social, y parece encaminarse hacia la impunidad.
La población colombiana requiere urgentemente seguridad. Por ello, buen grupo de colombianos se encuentran comprometidos a impulsar una seguridad humana integral, basada en la legitimidad de las instituciones y un orden social justo, construida colectivamente en el más amplio pluralismo, que proteja y beneficie a todos y todas en los ámbitos público y privado.
En igual manera se exhorta a los colombianos porque
uno de los principales problemas de la democracia en Colombia es la precaria participación de los ciudadanos en los asuntos públicos a través de los mecanismos de participación que contempló la Constitución Política de 1991, lo que se suma a una constante desconfianza en las instituciones, producto en parte del desconocimiento de la labor que éstas realizan. El Congreso de la República es una de las entidades públicas de mayor importancia para el país, puesto que allí se toman decisiones de gran trascendencia para el desarrollo económico, político y social, además de ser el principal órgano de representación de los ciudadanos dentro de un sistema democrático. A pesar de esto, el Congreso es una de las instituciones con menores niveles de credibilidad y confianza entre los ciudadanos debido entre otras circunstancias, a numerosos
escándalos de corrupción y faltas en los que se han visto involucrados algunos de sus miembros.
Dada la importancia de la labor del Congreso, resulta fundamental que las organizaciones de la sociedad civil hagan un seguimiento y monitoreo constante de la actividad legislativa, pero aún más importante, es brindar a los ciudadanos las herramientas necesarias para que conozcan lo que se tramita en el órgano legislativo y así hacer un efectivo control a las decisiones que toman sus representantes.

8.16.2011

Hacer valer los derechos es un deber fundamental

La Constitución colombiana, en sus artículos 83 a 94, establece varios mecanismos legales destinados para la protección de los derechos fundamentales. Entre estos mecanismos de defensa ciudadana figuran: la acción de tutela, la acción de cumplimiento, la acción popular y las acciones de clase o grupo.
La acción de tutela: Inscrita en el Artículo 86 de la Constitución colombiana, es un mecanismo de uso popular, a través del cual se protegen los derechos fundamentales de todos los colombianos.
Para que un ciudadano interponga una acción de tutela, es necesario que la persona a quien se le hayan violado sus derechos fundamentales, haga una solicitud en la Personería Delegada para Asuntos Jurisdiccionales, donde se le asignará un abogado. Este, además de estar encargado de llevar el caso, debe velar porque la petición sea resuelta lo más pronto posible.
Aunque este procedimiento judicial debe ser interpuesto por la persona directamente afectada, existe la posibilidad de que los incapacitados físicos, las personas privadas de su libertad, e incluso, quienes así lo soliciten, puedan hacerlo a través de un personero.
La asesoría, la elaboración de la demanda y la asistencia que implica el trámite judicial de la Acción de Tutela, al ser un mecanismo judicial creado para proteger los derechos fundamentales, no tiene ningún costo.
La acción de cumplimiento: Reconocida en el Artículo 87 de la Constitución Política, se define como uno de los mecanismos de protección de los derechos y como el principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico, esta procede contra cualquier autoridad que incumpla la ley o un acto administrativo, sin importar la rama del poder público a la cual pertenezca. Además, puede ser ejecutada contra particulares que ejerzan funciones públicas. Esta acción legal, según el artículo 4º de la ley 393, puede ser instaurada por cualquier persona, siempre y cuando el incumplimiento obedezca a una ley o a un acto administrativo de carácter general. Sin embargo, si se trata de un acto administrativo particular no tiene sentido que cualquiera esté legitimado para reclamar su cumplimiento, pues sólo ella tiene un interés directo en el cumplimiento de dicho acto.
La Acción Popular: Prevista en el Artículo 88 de la Constitución, es el mecanismo de protección de los derechos e intereses colectivos relacionados con el medio ambiente, la moralidad administrativa, el espacio público, el patrimonio cultural, la seguridad y la salubridad pública, entre otros.
El Artículo Segundo de la ley 472 de 1998, asegura que “las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible”.
Las acciones populares se pueden establecer contra todo aquel que viole o amenace los derechos o intereses colectivos. Al respecto, la Ley 472 señala en su artículo 14 que “la acción popular se dirigirá contra el particular, persona natural o jurídica, o la autoridad pública cuya actuación y omisión se considere que amenaza, viola o ha violado el derecho o interés colectivo”.
La acción popular, al ser una acción pública, puede ser establecida por particulares, organizaciones no gubernamentales y por entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia. Igualmente, el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, los alcaldes, los servidores públicos y los personeros distritales y municipales, pueden hacerlo. Precisamente, debido a la accesibilidad que tiene la acción popular, para que esta sea llevada a cabo no se requiere la intervención de un abogado.
Acciones de clase o grupo: La segunda parte del artículo 88 de la Constitución Colombiana, hace alusión a las acciones de clase o grupo. Estas acciones han sido creadas para proteger a grupos de más de 20 personas, afectadas por una misma causa, son fundamentalmente, restauradoras, por tanto, a través de ellas, se busca una indemnización en dinero para reparar los daños ocasionados. Estas acciones son de carácter privado, pues solamente, quienes pertenezcan al grupo afectado podrán solicitarlas, sin embargo, para ejercer la acción de clase se requiere de un abogado. Al igual que las acciones populares, a través de las acciones de clase se puede demandar al Estado, a los particulares que ejercen una función pública o a los particulares que ejercen una actividad privada, según quien sea el responsable del daño.

8.08.2011

La mujer y la participación en la vida social y pública en Colombia

La participación de las mujeres en un país con conflicto armado interno, plantea retos a las organizaciones sociales y de mujeres; le suma a la dificultad histórica de incluir los intereses de género en la agenda pública cuando el poder político está en manos del patriarcado y desconoce las necesidades de las mujeres, el competir por presupuestos con el sector defensa, la desigualdad entre hombres y mujeres aumenta con el conflicto armado.
Colombia es uno de los países mas inequitativos de la región; por lo que es necesario incorporar un análisis de la afectación en la vida de las mujeres y la relación de la guerra con la escasa participación política de las mujeres, las organizaciones de mujeres son objetivo militar de los actores armados, la guerra y las amenazas a las defensoras de derechos humanos, restringe la participación de las mujeres en los escenarios políticos, sociales y comunitarios a través del miedo.
En Colombia la guerra y el clientelismo han sido herramientas utilizadas por la clase política, prácticas patriarcales que excluyen a las mujeres de la participación, las comunidades no confían en las estructuras de poder porque existe alta discriminación por la condición de género y raza, a pesar de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado Colombiano (CEDAW, Objetivos del Milenio, DESC etc.) y el compromiso Estado frente a la sociedad Colombiana producto del acuerdo nacional que da origen a la Constitución política Nacional con El Estado Social de Derecho, es mucho el camino por recorrer para que la igualdad de géneros en este país sea efectiva.
Sin embargo, las transformaciones que requiere el país para hablar de igualdad de oportunidades y de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, no se evidencian en la práctica política ni del Estado, ni de los partidos políticos, la impunidad y la deficiente actuación del Estado frente a casos de violencias de género, e incumplimiento de leyes como la ley cuotas por entidades públicas sustenta la necesidad de transformar los niveles de partición de las mujeres en la vida pública.
Existen varias vías de incidencia de las mujeres para la promoción y el desarrollo efectivo de sus derechos:
La vía del empoderamiento de las comunidades para la exigibilidad que está atravesado por procesos de formación y el fortalecimiento de organizaciones de mujeres, que tengan conciencia de sus derechos y los posicionen en la agenda pública a partir de un trabajo permanente y sistemático de gestión e incidencia con la administración pública.
La vía de la participación en las instancias de decisión, es decir que las mujeres accedan a cargos de libre nombramiento y remoción o a cargos de elección popular; sin embargo, el acceso de mujeres a estos escenarios no garantiza la inclusión de los intereses de la perspectiva femenina en la agenda pública, hace falta que quienes acceden a estos espacios logren conciencia de género y se comprometan con la disminución de las desigualdades existentes en la sociedad colombiana.
Las mujeres se preparan para la incidencia política, a través del seguimiento y análisis crítico de los procesos de acceso de las mujeres en el país a los escenarios de toma de decisiones, identificando como dificultades; la cultura patriarcal dominante donde el desconocimiento de
las mujeres como sujetos de derechos empieza en los hogares con las violencias de género y se reproduce en la sociedad por intermedio de los medios de comunicación, el sistema educativo y la religión entre otras.
La participación de las mujeres en Colombia en los espacios de representatividad es bastante precaria, a pesar de contar con mujeres capacitadas para ejercer cargos de elección popular, los obstáculos culturales y del sistema político no posibilitan ejercer una representación de los intereses y necesidades de las mujeres en los escenarios de toma de decisiones y de ejecución de políticas públicas. Esta situación se evidencia en las elecciones locales, donde la participación de las mujeres no supera el 10%, con una participación en las gobernaciones del 3,1%, una sola mujer obtuvo el cargo de gobernadora (En el Departamento de Córdoba) frente a los 32 departamentos que tiene el país, y para el caso de las alcaldías del 9,3% con 103 alcaldías, de las 1098 alcaldías que existen en el país, en el 2.008.