1.11.2011

ALCOHOLIMETRÍA EN COLOMBIA

Resulta muy importante que los colombianos conozcamos bien las normas de tránsito, a fin de evitar estar en situaciones riesgosas, de ahí que no se dejen engañar ni perjudicar por los agentes de tránsito, sean responsables con las pruebas de alcohol en las vías.
Antes que todo, deben saber que el límite permisible en Colombia es de 4.0 (el internacional es de 6.0).
Suponga que usted se ha tomado una copa de vino y se ha comido unos “tacos”. La Policía de tránsito lo detiene cuando está manejando, le exigen la prueba de alcoholimetría y usted por decente y honesto, les dice lo que ha bebido, he aquí lo que sucede a continuación:
1. Con mala actitud el encargado le pide que se baje del vehículo.
2. Frente a usted abre un empaque sellado y saca una boquilla nueva que coloca en el medidor.
3. Le pide que sople. (Para el ejemplo aquí mencionado, digamos que vino + tacos = aproxoximadamente 1.8 de medición), mucho ojo, como saben que la gente se pone nerviosa, los agentes del tránsito se aprovechan y, lo conllevan a que usted cometa errores como este.
4. Le piden que sople de nuevo. No lo haga, porque si vuelve a soplar, los primeros gases que emitió se acumularán a su segundo soplido y la medición será ahora de aproximadamente 3.65. Le piden que sople otra vez, si lo hace, entonces el aparato marcará 5.46, el agente imprimirá el tiquete que emite el aparato, y con ello habrán construido, ipso facto, "pruebas" que demuestran que usted se pasó del límite permitido.
5. Con el tiquete impreso, ya perdió, porque se acaba de hacer acreedor a una multa de más de 500 mil pesos, la inmovilización del vehículo y hasta que le suspendan la licencia para conducir.
Al investigar sobre las sanciones administrativas resulta que: Nadie está obligado a soplar más de una vez, y mucho menos con la misma boquilla. En caso de dudas, los encargados tienen el deber de abrir una nueva boquilla para no acumular medidas. Pero recuerden que sólo pueden exigirle que sople por una sola vez.
Además, la Resolución 000414 de 2002 del INMLCF de Colombia establece que el equipo utilizado debe tener los certificados de calibración respectivos y vigentes, usted, como ciudadano tiene el derecho a exigir que le muestren tales certificados, y la persona que practica la prueba debe tener idoneidad y capacitación demostrable en el manejo del instrumento.
Vale la pena tener en cuenta estos detalles, aunque preferible si va a manejar no tome y si tomas no manejes.
Consecuencias legales de manejar tomado:
Grado 1: La licencia es suspendida entre ocho meses y un año.
Grado 2: La licencia es suspendida de dos a tres años.
Grado 3: La licencia es suspendida entre dos y 10 años.
Reincidencia: Se suspende la licencia de por vida.
Para los vehículos de servicio público, de transporte escolar o de los instructores de tránsito, la multa es doble.
Mejor, tome medidas sencillas:
*No ofrezca bebidas alcohólicas a quien va a conducir.
*Si tienen un grupo de amigos con el que siempre sale, establezca un sistema de turnos, de manera que haya siempre uno sobrio.
*Si todos toman, dejen el vehículo en el sitio y cojan taxi.
*Recurran a los servicios de conductor elegido para que los lleven y los traigan.